Especialidad

Defensa de empresas en todas las etapas del procedimiento ante SUNAFIL

Asesoramos a empresas durante las actuaciones inspectivas y el procedimiento administrativo sancionador: desde el requerimiento de información, la comparecencia o la medida inspectiva de requerimiento, hasta los descargos contra la imputación de cargos, el informe final de instrucción, la resolución sancionadora y su posterior impugnación.

Cada etapa exige una respuesta distinta, el cumplimiento de plazos específicos y una estrategia probatoria coherente.

Atención temprana

¿Su empresa recibió un documento de SUNAFIL?

Una fiscalización laboral debe atenderse desde la primera notificación. Presentar documentos sin una revisión previa, responder fuera de plazo o proporcionar información contradictoria puede incrementar la contingencia y afectar posteriormente la defensa de la empresa.

Envíenos la notificación junto con su cargo de recepción. Revisaremos qué documento recibió, la etapa en la que se encuentra el procedimiento, el plazo disponible y las principales contingencias que deben evaluarse.

Mapa del procedimiento

¿Cómo se desarrolla un procedimiento ante SUNAFIL?

Fase 1

Actuaciones inspectivas

Durante esta fase, SUNAFIL investiga los hechos, solicita información, realiza diligencias y verifica el cumplimiento de las obligaciones laborales o de seguridad y salud en el trabajo.

Finaliza con el acta de infracción, cuando corresponde.
Fase 2

Procedimiento administrativo sancionador

Esta fase puede iniciarse cuando el acta de infracción propone la imposición de una sanción. Comprende la imputación de cargos, la etapa instructora, los descargos, el informe final de instrucción y la decisión de la autoridad sancionadora.

Comienza con una imputación de cargos distinta del acta.

Ruta de defensa

¿En qué etapa se encuentra su empresa?

01
Actuaciones inspectivas

Requerimiento de información

Revisamos la documentación solicitada, las materias investigadas y el plazo concedido. Organizamos la respuesta para evitar omisiones, contradicciones o la presentación de información que no haya sido evaluada previamente.

02
Actuaciones inspectivas

Visita inspectiva o comparecencia

Preparamos a los representantes de la empresa para atender la diligencia, presentar documentos, responder consultas y efectuar las aclaraciones necesarias ante el inspector de trabajo.

03
Actuaciones inspectivas

Medida inspectiva de requerimiento

Analizamos los incumplimientos señalados por el inspector, verificamos si corresponde subsanarlos y organizamos la evidencia necesaria para acreditar el cumplimiento dentro del plazo otorgado.

04
Actuaciones inspectivas

Acta de infracción

Revisamos los hechos constatados, las infracciones propuestas, los trabajadores presuntamente afectados, los medios probatorios utilizados y el cálculo preliminar de la multa.

El acta de infracción concluye las actuaciones inspectivas, pero no constituye todavía la resolución sancionadora.

05
Procedimiento sancionador

Imputación de cargos

Preparamos los descargos frente al inicio del procedimiento sancionador. Evaluamos los hechos imputados, la tipificación, la responsabilidad atribuida, los medios probatorios y la propuesta de sanción.

La imputación de cargos no debe confundirse con el acta de infracción. Son documentos distintos y requieren estrategias de defensa diferentes.

06
Procedimiento sancionador

Informe final de instrucción

Evaluamos las conclusiones de la autoridad instructora y preparamos los descargos correspondientes antes de que la autoridad sancionadora emita su decisión.

07
Procedimiento sancionador

Resolución sancionadora

Revisamos la motivación de la resolución, la valoración de las pruebas, la tipificación de las infracciones, el número de trabajadores afectados y el cálculo de la multa para determinar la estrategia impugnatoria.

08
Procedimiento sancionador

Recursos administrativos

Evaluamos y preparamos, según corresponda, los recursos administrativos contra la decisión emitida por SUNAFIL, considerando los agravios, los medios probatorios y los criterios administrativos aplicables.

Cuando el ordenamiento y las características del caso lo permitan, evaluamos la posibilidad de que la controversia sea revisada por el Tribunal de Fiscalización Laboral.

09
Procedimiento sancionador

Ejecución coactiva o proceso contencioso-administrativo

Evaluamos las alternativas frente al cobro de una multa administrativa y la viabilidad de cuestionar judicialmente la actuación de SUNAFIL mediante un proceso contencioso-administrativo.

Alcance

¿Qué comprende nuestra intervención?

01

Evaluación inicial

Identificación del documento recibido, la etapa del procedimiento, el plazo pendiente y las principales contingencias.

02

Revisión documental

Análisis de contratos, planillas, asistencia, pagos, beneficios sociales, registros de seguridad y salud en el trabajo y demás documentación relacionada con la investigación.

03

Identificación de riesgos

Determinación de posibles incumplimientos, alternativas de subsanación y riesgos económicos o procedimentales.

04

Preparación de respuestas y descargos

Elaboración o revisión de escritos, documentos probatorios, descargos y recursos administrativos.

05

Control de la actuación inspectiva

Verificación de la competencia, motivación, tipificación, medios probatorios, número de trabajadores afectados, plazos y respeto del debido procedimiento.

06

Estrategia de defensa

Definición de una posición coherente desde la etapa inspectiva hasta la impugnación administrativa o judicial, según corresponda.

Metodología

¿Cómo trabajamos la defensa?

La estrategia se construye desde el primer documento y se mantiene coherente durante las etapas siguientes.

  1. 1

    Revisamos la notificación y su cargo de recepción.

  2. 2

    Identificamos la etapa y calculamos el plazo disponible.

  3. 3

    Solicitamos y organizamos los documentos relacionados.

  4. 4

    Detectamos contingencias, contradicciones y posibilidades de subsanación.

  5. 5

    Definimos la estrategia y preparamos la respuesta.

  6. 6

    Realizamos el seguimiento del procedimiento y de las siguientes notificaciones.

Evaluación inicial

¿Qué debe enviar para una evaluación inicial?

No es necesario contar con todos estos documentos. Para una evaluación inicial, envíenos el documento más reciente y su constancia de notificación.

  • Documento notificado por SUNAFIL.
  • Cargo de recepción o constancia de notificación electrónica.
  • Orden de inspección, si se encuentra disponible.
  • Requerimiento de información.
  • Constancia o acta de comparecencia.
  • Medida inspectiva de requerimiento.
  • Acta de infracción.
  • Imputación de cargos.
  • Informe final de instrucción.
  • Resolución sancionadora.
  • Escritos presentados anteriormente.
  • Documentación laboral relacionada con los hechos investigados.

Preguntas frecuentes

Respuestas para una primera orientación

¿Debo responder inmediatamente un requerimiento de SUNAFIL?

La respuesta debe prepararse dentro del plazo concedido, pero es recomendable revisar previamente la información solicitada y la documentación que será presentada. Una respuesta apresurada o contradictoria puede afectar las etapas posteriores.

¿El acta de infracción ya es una multa?

No. El acta de infracción propone la existencia de infracciones y puede servir de sustento para iniciar el procedimiento sancionador. La sanción se impone posteriormente mediante una resolución de la autoridad competente.

¿El acta de infracción y la imputación de cargos son lo mismo?

No. El acta de infracción se origina al concluir las actuaciones inspectivas. La imputación de cargos corresponde al inicio de la fase instructora del procedimiento administrativo sancionador.

¿Puedo presentar descargos contra el informe final de instrucción?

La empresa debe revisar la notificación recibida y el plazo indicado para ejercer su defensa antes de que se emita la resolución sancionadora.

¿Toda resolución sancionadora puede llegar al Tribunal de Fiscalización Laboral?

No necesariamente. La procedencia de los recursos y el acceso al Tribunal dependen de la normativa aplicable y de las características de la resolución y del caso concreto.

Actúe dentro del plazo

Una respuesta incorrecta puede condicionar toda la defensa

No espere a que la inspección concluya o que se imponga una multa. Una evaluación temprana permite ordenar la documentación, detectar inconsistencias, adoptar medidas de subsanación y responder con una estrategia coherente desde el inicio.

¿Su empresa recibió una notificación de SUNAFIL? Solicite una evaluación antes de que venza el plazo.

Este contenido tiene finalidad informativa y no constituye asesoría legal para un caso concreto. Cada procedimiento debe evaluarse según los hechos, documentos, materias investigadas y plazos aplicables.